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Archivo de la categoría 'Derechos humanos'


20 de Septiembre de 2010

Sobre torturas y penas

Podemos leer en el artículo 5 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

“Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.”

Si confrontamos el contenido del artículo con los últimos años, comprobamos de inmediato que dista mucho de cumplirse. La crítica habitual mira hacia Guatánamo o cárceles como la de Abu Ghraib. Y si queremos evitar la sospecha de “antiamericanismo”, se podrían citar ejemplos de cárceles turcas, chinas o incluso europeas. Tampoco faltan las noticias que, de vez en cuando, cuestionan las actuaciones de ciertas cárceles españolas o incluso de centros de menores que emplean métodos demasiado expeditivos. Una vez más chocan frontalmente las propuestas éticas de la Declaración con la marcha de la realidad y parece dudoso que quien redactó la declaración tuviera en cuenta las condiciones reales de la vida humana.

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Publicado en Derechos humanos | 20/Sep/2010 | 14:55 | (1) comentario | (1) trackbacks
1 de Junio de 2010

El final de la esclavitud

Dice el artículo 4 de la Declaración Universal de los Derechos humanos:

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

En principio este artículo prohibe que los seres humanos puedan entenderse como una posesión más, que la vida de otros sea una posesión entre las muchas al alcance de los más adinerados. Las diferentes economías mundiales parecen haber ido tomando conciencia de que la esclavitud no es la forma más adecuada de lograr el desarrollo del país. Y no por un acto de humanitarismo: simplemente porque el esclavo no consume. Resulta mucho más rentable sacarle partido a su máxima productividad en el terreno laboral y que contribuya también al movimiento del dinero en el mercado de bienes. El que trabaja y consume es mucho más útil en el sistema capitalista que aquel que malvive sirviendo a su dueño sin ocupar el lugar correspondiente entre los consumidores.

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Publicado en Derechos humanos | 1/Jun/2010 | 15:32 | (2) comentarios | (1) trackbacks
29 de Abril de 2010

Vida, seguridad y libertad

Dice uno de los artículos más controvertidos de la Declaración Universal de los derechos humanos lo siguiente:

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Es difícil decir más cosas con menos palabras. E imposible expresar ideas morales y políticas de mayor calado que estas en apenas una línea. Decía al principio que es un artículo polémico porque todos podríamos estar potencialmente de acuerdo en lo que dice, pero se me hace difícil imaginar que haya un consenso amplio en lo que el artículo pretende señalar. Hablar de un modo abstracto y general de conceptos como el de vida, libertad y seguridad no está exento de posibles críticas y problemas. Y no faltarán los que digan que es normal que haya disputas alrededor de conceptos morales tan importantes. La cosa está en que no hace falta irse tan lejos: seguramente no llegaríamos a un acuerdo respecto a qué o quién es un invividuo.

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Publicado en Derechos humanos | 29/Abr/2010 | 17:58 | (3) comentarios | (1) trackbacks
17 de Marzo de 2010

El final de la discriminación

Podemos leer en el artículo 2 de la Declaración Universal de los derechos humanos lo siguiente:

  • Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
  • Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Se trata, sin duda, de uno de los artículos más importantes de la declaración en tanto que establece y asegura la universalidad de los derechos: nadie puede ser discriminado por ninguno de los motivos que se señalan en la primera parte del artículo. De la misma forma los derechos humanos aseguran que el país de origen de un ciudadano no puede ser una condición para la distinción entre seres humanos.

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Publicado en Derechos humanos | 17/Mar/2010 | 17:05 | (2) comentarios | (0) trackbacks
23 de Febrero de 2010

Libres e iguales por naturaleza

Según el artículo 1 de la Declaración Universal de los derechos humanos,

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

El artículo parte de una afirmación de principios: todos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos. Como si tal cosa fuera una cuestión de hecho, algo empíricamente comprobable. Si esto fuera verdad, sería absolutamente equiparable nacer en un país o en otro, hacerlo en una familia de una clase social u otra. Quien redactó el texto pensaría, probablemente, que las diferencias económicas, sociales y políticas no tienen nada que ver con la dignidad de cada ser humano y tampoco con los derechos que cada uno de ellos puede disfrutar. De esta manera, la libertad y la igualdad quedarían garantizadas en tanto que pertenecemos a la especie humana.

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Publicado en Derechos humanos | 23/Feb/2010 | 16:02 | Añade tu comentario | (0) trackbacks
20 de Enero de 2010

Derechos humanos: ideal común

Los últimos párrafos de la Declaración Universal de los Derechos humanos dicen lo siguiente:

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Varias ideas merecen nuestra atención de estas líneas finales: la cooperación con la ONU, la concepción común de los derechos y la interpretación de los derechos humanos como un ideal común.

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Publicado en Derechos humanos | 20/Ene/2010 | 19:01 | Añade tu comentario | (0) trackbacks
10 de Diciembre de 2009

¿Quién protege los derechos?

Tuvieron a bien considerar las naciones del mundo, tal y como reza su declaración de derechos, lo siguiente:

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

No está de más en un día como hoy continuar con el comentario de la declaración que venimos haciendo. Voy a resaltar tres ideas de las que aparecen en el texto: la protección jurídica, las relaciones amistosas y la “fe” depositada en la declaración.

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Publicado en Derechos humanos | 10/Dic/2009 | 14:30 | Añade tu comentario | (0) trackbacks
19 de Octubre de 2009

Dede el menosprecio hasta la libertad

Podemos leer en el segundo párrafo del preámbulo de la Declaración universal de los derechos humanos:

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Son varias las ideas filosóficas que podemos comentar en relación con este párrafo. Para empezar, cabría hablar de una extraña mezcla entre intelectualismo moral y iusnaturalismo. Hablar de que el “desconocimiento” de los derechos humanos está en el origen de actos de barbarie debería recordarnos esa vieja idea socrática, según la cual aquellos que hacen el mal se ven impulsados a ello por su ignorancia. Ciertamente es una visión optimista del ser humano, pero incluye también una carencia importante: parece eximir a los que obran mal de la responsabilidad de sus acciones. No es que sean malas personas: la explicación a su comportamiento está en que no sabían lo que hacían. Sencillamente: ignoraban estar haciendo el mal.

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Publicado en Derechos humanos | 19/Oct/2009 | 13:22 | Añade tu comentario | (0) trackbacks
28 de Septiembre de 2009

Libertad, paz y justicia en el mundo

Nos dice el preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos lo siguiente:

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Cualquier análisis en profundidad de los derechos humanos alcanza rápidamente una conclusión: la distancia que existe entre el texto y la realidad es, en nuestros días, insalvable. Es cierto que el preámbulo de la declaración deja bien claro su carácter de “consideración“. Dicho de otra manera: no tenemos por qué estar de acuerdo con ello, ni mucho menos asumir la propuesta como una verdad absoluta. Personalmente, no es que no esté de acuerdo, ni que la idea me parezca disparatada: entiendo que en un mundo integrado por países que aspiran a vivir en condiciones internacionales dominadas por la libertad, la paz y la justicia deberían partir de un reconocimiento recíproco no sólo de la soberanía de cada país, sino también de la dignidad de sus ciudadanos, componentes todos ellos de ese concepto tan peculiar y característico de los derechos humanos que es el de “familia humana“. Así sería al menos en una situación ideal. ¿Quién se atrevería a negarlo?

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Publicado en Derechos humanos | 28/Sep/2009 | 13:34 | Añade tu comentario | (0) trackbacks

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