¿Quién escucha al “presunto” delincuente?
Cuando "presunto" es sólo un adjetivo vacío de contenido · Derechos humanos
El artículo 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma lo siguiente:
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Si este derecho se respeta, cualquier persona acusada de un delito tiene asegurada la posibilidad de defenderse ante un tribunal imparcial e independiente. Los ejemplos (recientes y no tanto) que contradicen este derecho señalan que a menudo hay quienes están condenados antes de que se celebre el juicio, por lo que cuando menos hay que dudar que este derecho se cumpla incluso en los países que creen tener un sistema judicial sólido y democrático. ¿Acaso no pesa la carga de la culpa sobre el acusado mucho antes de que se celebre el juicio? Sin escuchar, sin dejar hablar: la sociedad necesita culpables.
Si hoy miramos ciertas prácticas medievales y renacentistas nos parecen una barbaridad: ¿A quién se le ocurriría exponer públicamente a un acusado sin permitirle previamente explicarse, dar su versión de los hechos? Los medios de comunicación soy hoy las plazas públicas por las que pasean los malos de la película. Los juicios paralelos están a la orden del día, con algunos casos escandalosos en los que las acusaciones terminan revelándose como falsas. Pero la responsabilidad no reside sólo en la televisión o la prensa: somos nosotros los que tendemos “sed de venganza” los que entendemos que un daño o una pena restituye o compensa otro. Instinto de supervivencia o simplemente pura agresividad: dar a un “presunto” culpable la oportunidad de explicarse es en muchas ocasiones un mero formalismo, uno más de los trámites a seguir antes de la condena. La justicia confirmará que la presunción no era falsa y le será impuesta la pena correspondiente. Y en caso de que no sea así, la etiqueta acompañará al encausado hasta el fin de sus días. “Cuando el río suena, agua lleva”. Un pensamiento que ha ido pasando de generación en generación, y que no puede cambiar declaración alguna de la noche a la mañana. Por muy universal que sea. En la naturaleza humana anida un prejuicio más fuerte que este artículo diez.
Es triste el consuelo de pensar que al menos en nuestro país hay un sistema jurídico más o menos fiable. Al margen de juicios paralelos, todos los acusados tienen derecho a expresarse ante un tribunal: nuestros problemas deslucen comparados con los juicios que se realizan en otros países, y podemos ver la botella medio llena o medio vacía. Al margen de las valoraciones, queda una reflexión pendiente al hilo de este artículo 10: el tribunal “independiente e imparcial”. La politización del sistema judicial es un lastre suficientemente grande como para confiar en esta expresión. Las siglas o la ideología del acusado pueden decantar la balanza de la justicia de un lado u otro. Una justicia que nunca fue ciega: siempre tuvo los ojos de seres humanos de carne y hueso, con intereses personales, ambiciones y deseos. Hechos de la misma materia que el resto de seres humanos. Jueces y parte de una humanidad que espera de los derechos humanos una salvación que no se puede dar a sí misma. Retorciendo cierta frase de Kant: de una madera tan torcida como la de la especie humana es imposible llegar a tallar nada derecho. Y quizás haya que entender “derecho” en más de un sentido.


