Asilo político
El artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos afirma:
- En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
- Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
El artículo reconoce el derecho al asilo político, algo que en la realidad suele despertar una controversia muy notable. Las posiciones de cada cual suelen variar en función de quién sea el perseguido, quién el perseguidor y cuál sea el motivo de la persecución. Por si esto fuera poco, el derecho reconocido en este artículo suele entrometerse en procesos tan delicados como las extradiciones.


