Continuamos con nuestro comentario a los artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Hoy nos toca el artículo 23, que leído hoy, en España, es difícil de digerir:
- Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
- Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
- Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
- Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Se podría decir mucho centrándonos únicamente en la realidad española. Pero sería en cierto modo desviar la atención respecto a la universalidad con la que se presentan todos y cada uno de los derechos. Y lo cierto es que una realidad demostrable es que el propio capitalismo genera bolsas de paro: ¿Cómo aprobar una declaración que incluye este derecho dentro de un sistema que por definición se beneficia de las bolsas de desempleados"
El problema del paro alcanza dimensiones prácticamente antropológicas: ya en su día concibió Marx al ser humano como actividad, como trabajo. Si el capitalismo deshumaniza es principalmente porque condena a la inactividad a un buen número de seres humanos, impidiéndoles así su realización. En cierta forma, el artículo recoge así ciertos ecos marxistas: todos tenemos derecho a trabajar. La cuestión es que tal y como se plantea parece que esta posibilidad dependiera por completo del sistema, y que cada uno de nosotros poco o nada pudiera hacer al respecto. Y es que el artículo parece dar por supuesto dos ideas: que el sistema puede proveer de trabajo a todos, y a su vez que cada uno de los individuos está deseando trabajar. Es más que probable que ninguna de estas dos sea cierta. Es difícil aceptar un sistema todopoderoso y perfecto, en el que la formación y capacidades de todos los individuos encajen con las necesidades productivas. Tan difícil como imaginar un ser humano que concibe el trabajo como una componente esencial de su vida, y que está siempre dispuesto a dar lo mejor de sí mismo en el entorno laboral.
La distancia entre lo que el artículo promueve y la realidad es aún mayor si nos fijamos en el resto de epígrafes. Lo de igual salario por igual trabajo sigue siendo una utopía. No se trata sólo de la discriminación de la mujer que sigue ocurriendo en los países que se dicen "civilizados". Existen diferencias significativas que se justifican de la manera más dispar: diferentes empresas, diferentes comunidades, diferentes reglamentos... por no hablar de la "globalización" de los derechos. Todo el mundo sabe en qué países se trabaja en unas condiciones de explotación inaceptables, pero preferimos mirar para otro lado y seguir comprando productos baratos. Quizás porque no hay otra manera de que el sistema se mantenga: el capitalismo implica la explotación de unos por parte de otros. Otra cuestión es que todo ello se camufle, como efectivamente ocurre, o que de alguna forma la explotación se explique por criterios económicos, políticos o de cualquier otra índole. Todo esto hace que el artículo 23 de la declaración sea uno de los que sistemáticamente son incumplidos por todos los países, sin que ello sea causa de crítica o sin que haya una voluntad de progresar en esta linea. El significado de la expresión derecho al trabajo debería irse clarificando en las próximas décadas, si verdaderamente se quiere lograr sociedades más justas y equitativas.
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